viernes, 24 de julio de 2015

ALQUILERES vs. COMERCIANTES.

A los Directivos
de los medios de Comunicación Social
Presentes:
De mi mayor consideración:
En días recientes he sido entrevistado por distintos medios de comunicación, quienes me interrogaron sobre la situación de los valores locativos en los locales comerciales del centro de nuestra ciudad.
Estas intervenciones tuvieron su origen en los dichos del Sr. Secretario de Turismo de nuestra Municipalidad (en ningún momento fue el Municipio quien se expresó al respecto), quien advirtió que los valores para dichos alquileres eran muy altos, a la vez que reclamó actitudes solidarias por parte de los propietarios de inmuebles.
En razón de esta situación, he reflexionado sobre la necesidad de realizar una serie de consideraciones a los fines de que no se generen interpretaciones incorrectas, dentro del contexto existente entre  los comerciantes de nuestra localidad y las locaciones de locales para cumplir con sus actividades con fines de lucro.
La locación no es otra cosa que la renta que se percibe por la tenencia de un activo fijo (inmueble), destinado para ser alquilado como vivienda o bien para usos comerciales. El valor locativo no surge irracionalmente sino que, por el contrario, se establece como un porcentaje sobre el valor del inmueble; relación que en la actualidad se sitúa entre un o,3% á un o,4% mensual  (hasta hace muy poco del o,5% mensual – la baja obedece a circunstancias meramente económicas); para el caso de inmuebles destinados a usos comerciales, esta renta se sitúa en un 0,5% mensual  y en una situación óptima del mercado, puede llegar al 1% mensual, según sea la situación del mercado inmobiliario, ya que todo esto se reduce a una interacción entre demanda y oferta. De esta forma, al producirse un incremento en el valor de los inmuebles, el valor locativo acompaña proporcionalmente a ese incremento (que puede deberse a situaciones del mercado o bien como consecuencia de ajustes inflacionarios). Siendo así, no puede hablarse de “alquileres caros o baratos”; ¿cuál sería el parámetro o criterio para esta clasificación?
El problema surge cuando alguien quiere acceder a determinados inmuebles, pero sus ingresos no condicen con la oferta existente. Esto nos lleva a no alquilar y optar por otras alternativas válidas. Visto de esta forma, si no se pueden alquilar los inmuebles, los propietarios  bajan los alquileres o resuelven destinar la propiedad para otros usos que consideren convenientes.
Cuando estas situaciones se presentan en el caso de viviendas, podría hablarse de actitudes solidarias para con los demandantes, pero siempre existe un piso para estas determinaciones ya que los propietarios disponen de los inmuebles (inversión de riesgo) para poder obtener ingresos personales y esto es un derecho inalienable que les asiste. Quien debería llevar adelante políticas solidarias, en cumplimiento al rol social de la vivienda, es el Estado (vía subsidios para locaciones, vía planes de viviendas, etc.)
Cuando este análisis lo llevamos al plano de los comercios, estas conclusiones no son válidas y de alguna manera este análisis debe revertirse; esto es que los comerciantes y/o empresarios deber proyectar sus planes económicos para poder tomar decisiones correctas que les produzcan la rentabilidad deseada o correspondiente. No pueden basar la obtención de su propia riqueza a expensas de otras personas y/o empresas, quienes ya decidieron sobre la rentabilidad de sus inversiones de riesgo. Hecho un adecuado plan de negocios, este me informará todo lo necesario y suficiente para que pueda tomar una decisión adecuada y aceptable, por ejemplo, buscar otro tipo de alternativa en cuanto al tipo de local y su ubicación. Muchas veces (existen experiencias interesantes al respecto), suele recurrirse a la estructuración de nuevos polos de desarrollo, dentro de una misma zona geográfica o económica (recientemente en nuestra ciudad, hemos presenciado la instalación de empresas en otros sectores que les resultaban más convenientes, o bien se abrieron nuevos corredores comerciales.)
Desde esta perspectiva, la responsabilidad les cabe exclusivamente a los que lleven adelante los distintos emprendimientos económicos, quienes debe resolver a partir de un adecuado proceso de toma de decisiones, el cual viene de la mano de la utilización de distintas herramientas existentes para la obtención de una correcta información para esa toma de decisiones.
 Tampoco puede estar ausente el Estado (en nuestro caso el Municipio), como agente para la promoción del desarrollo local sustentable. Este es, tal vez, un tema demasiado recurrente sobre el cual he realizado una extensa investigación y experiencia docente, cuyas conclusiones las he ofrecido (y publicado) en más de una oportunidad a distintas autoridades municipales, sin que al presente alguien haya caído en cuenta en que este desarrollo es totalmente viable a partir de las variables que les he ofrecido. En suma, el Estado en cualquiera de sus niveles, debe dejar de lado sus políticas asistencialistas y tomar la decisión inexcusable de instalar planes adecuados para el desarrollo local y regional, de forma sustentable y progresiva.[1]



[1] “Propuesta para el desarrollo local” – J.L.Rigazio / J.A.Pero - 2010
  “Microempresas y municipio” – J.L.Rigazio – 2011
  “Excesos Municipales” – J.L.Rigazio – 2010
  “Críticas al EPADEL” - J.L.Rigazio – 2006
  “FIDE – Incubadoras de empresas” – Municip.de Cba. / U.N.C.- 1997
  “Desarrollo económico local” – Gustavo Angeleri – 2011
   Otros.





José Luis Rigazio
Prof.en Cs.Jurídicas y Contables
Diplomado Sup. en Gestión Educativa[i]



[i] Ex-docente de nivel Sup. no Univ. en la Carrera de Gestión Empresarial
    Capacitador de empresas y micro-empresas desde 1995 (privadas y del Estado)
    Ex–Presidente del Colegio Profesional de Corredores Inmobiliarios de la Pcia.

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