El artículo primero de la
ley 18.248 expresa que toda persona tiene el derecho y el deber de usar nombre
y apellido mientras que la utilización del seudónimo no es obligatoria.
“Seudónimo es una palabra que deriva del griego pseudónymos,
de pseudés, falso, y ónoma, nombre. Cuando
una persona se designa a sí misma con un nombre distinto al suyo verdadero, ya
sea para ocultar su verdadera personalidad o darle realce en el ejercicio de
una actividad especial está utilizando un seudónimo, que puede formarse con un
nombre y apellido, con un prenombre exclusivamente o con una denominación de
fantasía, e inclusive con un apellido solamente.” (…)
“El nombre identifica a las personas en todas las actividades que desarrollan
en la sociedad; el seudónimo, en principio sólo tiene eficacia jurídica en el
ámbito de las relaciones para las cuales ha sido elegido.” (…) “el seudónimo
que puede ser hábil para identificar al sujeto portador en la celebración de
actos jurídicos y goza de la tutela del nombre cuando hubiere adquirido
notoriedad.” (…) “Este seudónimo posee una función similar al nombre que es la
de identificarlo como sujeto en la sociedad, y cuando reviste una importancia
similar a la del nombre, adquiriendo notoriedad, goza de la tutela del nombre
(art. 23 ley 18.248).” (Rodolfo Sebastián Zotto – “El falso
nombre” - http://www.revistapersona.com.ar/)
La utilización de seudónimos o
nombres de fantasía son (y han sido) recursos que muchas personas utilizan para
dar a conocer su pensamiento, su obra, su arte, sus construcciones materiales
y/o intelectuales (por ejemplo: Platón, Homero,
Lenín, Stalin, etc.). De ninguna manera este recurso puede ser utilizado
para ocultarse con fines perversos, mal intencionados, con el propósito de
agraviar a personas y/o instituciones o bien con fines que puedan estar dentro
de los límites del delito o la ilegalidad. Estas formas de ocultar la
personalidad del autor nada tienen que ver con proteger su intimidad, dignidad
o integridad, sino que –muy por el contrario- se encuentran dirigidas a
dañar, desacreditar o vulnerar a otra persona y/o institución.
En nuestros días, este recurso se
encuentra reiteradamente empleado dentro de las redes sociales y con la sola
finalidad de esconderse tras un muro lo suficientemente anónimo como para que
una persona pueda hacer público cualquier pensamiento o expresión agraviante,
degradante y/o falaz, sin tener que hacerse cargo de las consecuencias, daños
y/o perjuicios que pueda ocasionar a quienes son blanco de tales agresiones. Estas
últimas personas (víctimas) –según sea el caso- deben salir frecuentemente a
brindar explicaciones, realizar salvedades, expresar su desagrado o bien efectuar
una inmediata y fuerte intervención ante las injurias o agravios recibidos.
Observo que este fenómeno reprochable,
se produce dentro del ámbito social relacionado con cuestiones políticas
o en aquellos espacios sociales en los que existen referentes sociales de
significativa trascendencia y, por supuesto, la aparición o intervención de
estos personajes recrudece ante la proximidad de acontecimientos electorales o
sucesos sociales de importancia.
Ahora bien, surge en mí una
preocupación creciente dada la actitud social existente frente a este entorno
que es, por lo menos, moralmente reprochable. Es necesario destacar que estos
hechos están determinando la existencia de un grave problema, en razón de que
algún segmento de nuestra sociedad está
tolerando, admitiendo o bien permitiendo estos actos, con el agravante
que –de seguir este criterio- bien sabido es que terminan transformándose en
norma social.
Los problemas existen (o subsisten)
porque nadie ha hecho lo necesario para que a ellos se le brinde solución y así
desaparezcan. En la medida de que cada uno de nosotros no se pliegue al juego
perverso de estos nefastos personajes, la sociedad evitará seguir siendo
vulnerada y sus miembros podrán desempeñarse dentro de un ámbito más respetuoso
y más sensible a lograr un verdadero orden social que nos favorezca y permita
una mejor calidad de vida.
Las redes sociales deben
transformarse en espacios de comunicación y participación. Este es el
compromiso que debemos asumir como miembros de esta sociedad pos-moderna.
Quienes actúan desde las sombras de su anonimato deben ser rechazados como
miembros de estas redes sociales, deben ser negados como socios de estos
canales participativos y su palabra no debe ser tenida en cuenta de igual
manera que cuando nos oponemos al pensamiento único y a quienes desean
corromper el orden social que estamos construyendo.
Técnicamente pueden ser
“bloqueados” o “rechazados”; sus expresiones pueden ser “ignoradas” o “eliminadas”.
Lo que no podemos permitir es que ellos cumplan con sus maliciosos propósitos;
de otra forma ellos triunfan y nosotros perdemos como personas y como sociedad.
Recuerden siempre el viejo precepto
jurídico “se es culpable por acción u omisión”.-
José Luis Rigazio[1]
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