INFORME PARA EL C.P.U.A. – “PUERTO SAN ROQUE”
El presente informe pretende determinar la postura de la Asociación Inmobiliaria respecto al futuro emprendimiento conocido como “Puerto San Roque”, en razón de lo definido por la Ley 9193.
Este tema de vital importancia para los habitantes de nuestra ciudad, requiere ser discutido y consensuado entre todos los directamente interesados en los destinos finales que pretenda darse al predio ubicado sobre las márgenes del Lago San Roque y que –a decir de la Agrupación de Centros Vecinales de Villa Carlos Paz- es “…único por su extensión y localización y hoy apropiado por los vecinos y visitantes para el disfrute de un parque lineal, antes inexistente en las costas.”
Además, se debe determinar en forma objetiva y concreta no sólo el destino de tal predio, sino que también tiene que legislarse adecuadamente sobre los usos del suelo dentro de la región en la cual este predio se encuentra enclavado. Dentro de este contexto, no podemos dejar de lado el hecho que en toda esta zona se ha perfilado un corredor de uso o utilización netamente comercial y que –de alguna manera- ha cambiado las características urbanísticas de la zona. Esta circunstancia debe evaluarse pormenorizadamente a los fines de no alterar las características urbanísticas de índole residencial que presentaba este “cinturón costero”, es decir que es necesario compatibilizar los “nuevos usos comerciales” que se están desarrollando, con el perfil estrictamente residencial que tenían los barrios afectados; de manera de no generar hechos que agraven o perjudiquen derechos adquiridos por los vecinos, así como el valor de los bienes afectados.
Tampoco podemos dejar de lado que –tal como lo expresamos más arriba- existen usos ya especificados por la población estable y temporaria de nuestra ciudad y que tienen que ver con la utilización de las bondades de la costa y su entorno paisajístico-urbano; siendo este hecho visible a través de la apropiación que los vecinos y nuestros visitantes han realizado, con un destino estrictamente de esparcimiento y recreación, en este área conformada por la Avenida Costanera y el parque circundante a orillas del lago San Roque.
Todas estas circunstancias y otras que oportunamente hemos expuesto y seguiremos instalando dentro de un necesario ámbito de discusión y acuerdo, esta Asociación Inmobiliaria de Villa Carlos Paz realiza las siguientes observaciones que deberán tenerse en cuenta y que tienen que ver con las limitaciones a imponer dentro del área en cuestión:
a) No puede realizarse abstracción alguna de que, tanto vecinos y turistas, reclaman el acceso a predios en los cuales puedan desarrollar actividades al aire libre, lugares desde los cuales puedan gozar del panorama y las bondades de la naturaleza, sectores en los cuales se puedan mover libremente y con la consabida cuota de seguridad que la sociedad reclama.
b) Reiterar la vigencia de los puntos que –en oportunidad del tratamiento de nuestra Carta Orgánica Municipal- se elevaron a la Convención Constituyente. Algunos de ellos son los siguientes:
1. Establecer bases para un desarrollo y crecimiento sustentable y armónico de la Ciudad, a partir de criterios consensuados con la población y demás estructuras sociales existentes y considerando nuestro patrimonio natural, paisajístico y turístico.
2. Implementar procesos de gestión participativa.
3. Privilegiar la identidad y autonomía que disponemos como comunidad, frente a todos los procesos de desarrollo y crecimiento que se pretendan implementar.
4. Determinar el uso racional del suelo en función del medio ambiente y el futuro de la actividad turística.
5. Adecuar la infraestructura de servicios y de ordenamiento urbano, considerando la capacidad poblacional máxima (transitoria o permanente), pero tendiendo a mejorar prioritariamente la calidad de vida de nuestros habitantes.
6. Establecimiento de un marco jurídico-institucional, que preserve la libre determinación del pueblo y garantice su plena intervención en las políticas para el desarrollo socio-urbano sustentable que deban tomarse como comunidad organizada y que además posibilite el crecimiento armónico requerido.
7. Considerar los acuerdos establecidos en oportunidad de la elaboración del Plan de la Villa.
c) No permitir la utilización del predio costero para ningún tipo de emprendimiento comercial, en razón de que esta actividad es de estricto privilegio del sector privado, tal como lo expresamos oportunamente y teniendo en cuenta que la población ha optado por lo explicado en el punto a). Además, el Estado no debe inmiscuirse en los desarrollos privados y tampoco tiene por qué entrar en competencia con el este sector; esta cuestión está por demás probada que es contraproducente y no podemos más caer en el engaño de que el Estado -por este medio- “promueve el desarrollo económico”. Por otra parte, sin querer abundar en demasiados detalles y ejemplos, debe considerarse que toda concesión realizada por el Estado para que el sector privado lo usufructe, lamentablemente se encuentra altamente sospechada de corrupción, “negociados espúreos” y/o clientelismo político, hechos éstos por demás relevantes y ante los cuales esta Entidad Intermedia nunca podrá estar de acuerdo.
d) Realizar la “puesta en valor” de todo el predio de forma tal que esta situación revalorice el entorno en sentido estético, de beneficio al bien común y de forma tal que incentive la inversión privada y los desarrollos económicos que tienen directa relación con el corredor comercial que antes indicábamos. Dentro de esta “puesta en valor”, debe considerarse la reutilización de la estructura existente en lo que se da en llamar Sala de Convenciones y Polideportivo Municipal, que tanto dinero costó a los contribuyentes y que nunca fueron racionalmente utilizados. Indudablemente, ésto último, se correlaciona con la fijación de adecuadas políticas municipales, tanto en lo deportivo como en lo turístico.
e) Tener presente y respetar los acuerdos logrados en oportunidad de la concreción del “Plan estratégico de desarrollo turístico sustentable de Villa Carlos Paz”, habida cuenta que una de las recomendaciones respecto a los recursos naturales y paisajísticos es “…Preservarlos, mejorando su conservación y poniéndolos en valor…”. A tales fines, es necesario respetar todas las observaciones y recomendaciones que tal proyecto contempla, indicando entre las fortalezas de nuestra Villa, el hecho de que “…Presenta una inigualable conjunción urbana con recursos naturales, como por ejemplo el Lago San Roque, que impactan positivamente al turista.”, agregando más adelante “…Se ha embellecido la ciudad en relación a espacios públicos al ingreso de la ciudad y en la Costanera del Lago, lo que habría que continuar como una política pública municipal.”.
f) Dentro del análisis del contexto que realiza el Plan Estratégico indicado, se encuentra lo siguiente: “…El Turista tipo ya no se contenta con ver y presenciar recursos turísticos (turismo contemplativo), sino que pretende realizar turismo activo y vivir el destino con una mayor integración en el medio visitado, lo que potenciará a los destinos que ofrezcan productos con actividades claramente especificadas.”.
g) Es necesario tener en cuenta lo resuelto al analizar el relevamiento realizado en el año 2007 (18/04/07), en oportunidad de la encuesta a nuestros asociados. Allí, entre otras cosas, sostuvimos: “…Observando los resultados de la encuesta precitada, podemos hoy determinar que la mayoría de los corredores inmobiliarios de Villa Carlos Paz, se encuentran consustanciados con un desarrollo urbano sustentable, donde se preserve nuestro medio ambiente y la calidad de vida de sus habitantes, además de revalorizar el medio natural, fuente de nuestra riqueza turística.”; agregando más adelante: “…Además, vemos en los colegas una gran preocupación por que se mejore el desarrollo de nuestra ciudad y la calidad de vida de sus habitantes. No podemos olvidar que en nuestra profesión, habitualmente estamos conectados con la problemática urbana y vemos la situación con la que diariamente conviven los habitantes de nuestra localidad.”.
h) Debe resolverse la cuestión que hoy nos ocupa, dentro del marco de una amplia participación de todos los sectores de nuestra ciudad. A tales fines, declaramos la necesidad de convocar al Foro Urbano Ambiental, tal como lo prevé nuestra legislación municipal vigente.
Sin otro particular, rogando se tome debida cuenta de nuestra posición, saludamos a los miembros del CPUA con atenta consideración.
José Luis Rigazio - Delegado ante el C.P.U.A.
Carlos O. Ventura - Presidente
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